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Nuevas reglamentaciones a partir del
1 Noviembre -02
 


ADUANAS, REGULACIONES


ALGO QUE DEBE CONOCER

La subvaloración y la no declaración de los artículos importados son infracciones aduaneras que pueden acarrear la imposición de una multa y/o el decomiso de la mercancía. Es bien conocido que algunos comerciantes en ocasiones ofrecen a los compradores facturas o recibos de pago con una falsa valoración. Esta práctica no solo puede demorar y complicar sus trámites ante la Aduana, sino que puede acarrearle también otras responsabilidades.

No confíe en las informaciones sobre regulaciones aduaneras dadas por personal ajeno a la Aduana. Las mismas pudieran ser erróneas y provocar que cometa una infracción. Solicite cualquier aclaración a uno de nuestros funcionarios antes de abandonar el país o en el momento de su llegada.

Si tiene dudas sobre si un artículo debe ser declarado o no, siempre declárelo primero y luego pregunte sobre ello a algún funcionario de la Aduana. En las terminales de despacho en puertos y aeropuertos los mismos podrán ser siempre reconocibles por el uniforme de la institución.

Importante:

Tenga también cuidado con aquellas personas que le piden que traiga algo para Cuba. Compruebe que los artículos que le entregan no están prohibidos. Tenga en cuenta que Ud. es responsable de todo lo que porte o posea sobre su cuerpo o en su equipaje en el momento del control aduanero y responde por ello.

La Declaración de Aduanas:

En los puertos y aeropuertos cubanos la Aduana utiliza para el control de los viajeros a la entrada al país el conocido sistema de CANAL ROJO Y VERDE. Escoger uno de ellos se considera a todos los efectos como una declaración verbal.

Utilizarán el canal rojo y deberán por lo tanto llenar Declaración de Aduanas los viajeros que:

Importen artículos que no sean sus efectos personales. Entendiéndose por estos últimos todos aquellos de su propiedad que le sean necesarios durante el viaje, habida cuenta de los motivos del mismo y su duración, y que sean importados para su uso personal y no para el comercio o con destino a terceros.

Importen artículos regulados o prohibidos.

Importen artículos que no sean de su propiedad, entregados por terceros para residentes en Cuba

Importen artículos que deban pagar derechos de aduanas.

También deberán llenar Declaración de Aduanas los viajeros que:

Importen con la finalidad de re-exportar nuevamente:
moneda y otros valores por encima de los cinco mil (5,000.00) dólares
obras de arte y objetos de valor museable.

El resto de los pasajeros utilizarán el CANAL VERDE y por lo tanto se acogerán a la "declaración verbal". Sin embargo, la Aduana podrá solicitar y/o efectuar el control físico a pasajeros que hayan escogido el canal verde y a sus equipajes.

El control a las personas que viajen con pasaporte diplomático y a su equipaje se ajustará a lo establecido en nuestra legislación sobre el particular y las mismas utilizarán el CANAL VERDE.


 
 
 

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